BlaBlaCar aplaude la nueva Ley que fomenta el uso del coche compartido en Andalucía

BlaBlaCar aplaude la nueva Ley que fomenta el uso del coche compartido en Andalucía

La nueva Ley de Medidas frente al Cambio Climático y para la Transición hacia un nuevo Modelo Energético en Andalucía se convierte en un posible referente, en materia medioambiental, a nivel nacional y para otras comunidades autónomas.

El artículo 36 de la Ley señala que, en materia de transporte y movilidad, “se adoptarán medidas para el fomento del uso del coche compartido”.

Madrid. 4 de octubre de 2018.  BlaBlaCar valora positivamente la nueva Ley de Medidas frente al Cambio Climático aprobada por el Pleno del Parlamento Andaluz con el objetivo de disminuir la emisión de gases con efecto invernadero, reducir el consumo de combustibles fósiles y fomentar la adaptación al cambio climático. La Ley señala que, en materia de movilidad, se adoptarán medidas para “el fomento del uso del coche compartido” y, a su vez, incorpora la definición de esta forma de movilidad, aportando así claridad y seguridad jurídica para el sector.

Jaime Rodríguez de Santiago, General Manager de BlaBlaCar para Iberia y Alemania, señala: “Valoramos muy positivamente la aprobación de esta Ley por parte del Parlamento andaluz para el fomento del uso del coche compartido como una forma de movilidad más sostenible y eficiente”. Y añade que “Andalucía ha sido la primera comunidad autónoma española en fomentar el uso del coche compartido, en la línea de muchos de los países de nuestro entorno. En Francia, por ejemplo, la definición de coche compartido se incluyó en la Ley de Transición Energética de 2015. Además, la Agencia de Medio Ambiente (ADEME) reconoce el uso compartido de coche en los Certificados Blancos. Es muy probable que Andalucía sea el referente, en materia medioambiental, para futuras legislaciones tanto a nivel nacional como autonómico”.

El texto andaluz, que defiende un uso más racional de los recursos, no solo fomenta el uso del coche compartido, también incorpora su definición como: “La utilización en común de un vehículo terrestre a motor por un conductor y uno o varios pasajeros, efectuado a título no oneroso, excepto por la compartición de gastos inherentes a un viaje en vehículo privado, en el marco de un desplazamiento que el conductor efectúa por su propia cuenta”. “Las empresas que realizan actividades de intermediación, con esta finalidad, pueden hacerlo a título oneroso”, puntualiza.

Sara Benavent Herranz

Encargada de comunicación BlaBlaCar Iberia

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